Declaraciones y discursos Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
Se necesitan mayores esfuerzos para la realización plena de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, afirma la Subsecretaria General, Brands Kehris, al Consejo de Derechos Humanos
25 septiembre 2024
Pronunciado por
Sra. Ilze Brands Kehris Subsecretaria General de Derechos Humanos
En
Mesa redonda anual sobre los derechos de los pueblos indígenas - 57º periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos
Lugar
Ginebra, Palacio de las Naciones
Las leyes, políticas, decisiones judiciales y otras medidas adoptadas por los Estados
para alcanzar los objetivos de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas
Señora Vicepresidenta,
Miembros del Consejo de Derechos Humanos, distinguidos y distinguidas ponentes,
Excelencias, colegas y amigos y amigas,
Doy una cordial bienvenida a todos y todas ustedes que se congregan para la mesa redonda anual del Consejo de Derechos Humanos sobre los derechos de los pueblos indígenas. Me siento honrada de inaugurar esta mesa redonda que se centra en las leyes, políticas, decisiones judiciales y otras medidas que los Estados han adoptado de conformidad con el artículo 38 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas para alcanzar los objetivos de la Declaración.
La Declaración viene a ser el instrumento internacional más completo sobre los derechos de los pueblos indígenas. Aprobada por la Asamblea General hace casi dos décadas, confirma una gran variedad de derechos fundamentales de los pueblos indígenas, lo cual muestra claramente el compromiso por parte de los Estados Miembros de las Naciones Unidas con estos derechos.
La Declaración parte de la consideración de las injusticias históricas que los pueblos indígenas han sufrido, incluyendo la colonización y la desposesión de sus tierras, territorios y recursos. Ofrece orientaciones fundamentales a los Estados para reparar esas injusticias y fomentar relaciones armoniosas y de cooperación con los pueblos indígenas, con base en los principios de justicia, democracia, respeto de los derechos humanos, no discriminación y buena fe.
La Declaración detalla las obligaciones de derechos humanos de los Estados para con los pueblos indígenas mediante la ampliación de normas de derechos humanos actuales que se aplican a la situación específica de los pueblos indígenas. Establece un marco universal de normas mínimas para su supervivencia, dignidad y bienestar.
Sin embargo, diecisiete años después de la aprobación de la Declaración, se necesitan más y mejores iniciativas para fomentar su realización plena.
Tal y como se destaca en un informe reciente del Alto Comisionado, los pueblos indígenas siguen encarando obstáculos terribles para el disfrute pleno de los derechos consagrados en la Declaración.
Un problema importante radica en la cuestión de las violaciones recurrentes de su derecho al consentimiento libre, previo e informado, en especial en el contexto de los proyectos de desarrollo e inversión. Este hecho suele acarrear repercusiones negativas en sus derechos a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible, al igual que en sus derechos económicos, sociales y culturales, y afecta especialmente a las mujeres y jóvenes indígenas.
Estas violaciones se suelen cometer en contextos caracterizados por el reconocimiento inapropiado de los derechos de los pueblos indígenas a sus tierras, territorios y recursos, así como su derecho a la autonomía, autogobierno y participación, entre otros muchos derechos consagrados en la Declaración.
Señora Vice-Presidenta,
El tema de la mesa redonda de hoy es de especial importancia puesto que tiene por objeto analizar las leyes, políticas, decisiones judiciales y otras medidas que los Estados han adoptado para hacer realidad la Declaración, al mismo tiempo que mide su impacto en el disfrute de los derechos humanos de los pueblos indígenas y evalúa la cooperación con los pueblos indígenas a la hora de diseñar y aplicar estas leyes y políticas. Asimismo, pretende identificar medidas adicionales que deberían emprenderse para convertir en realidad la letra y el espíritu de la Declaración.
Lograr los objetivos de la Declaración supone plasmar la gran cantidad de derechos y principios diferentes que la conforma en una mejora concreta de la vida diaria de los pueblos indígenas. Esto exige un compromiso renovado para con los pueblos indígenas emprendiendo un programa amplio de reformas legales, políticas e institucionales que impliquen a todos los niveles del Estado.
La adopción de leyes nuevas o la modificación de la legislación actual constituye un paso inicial importante. Algunos Estados siguen sin reconocer la existencia de los pueblos indígenas en sus territorios y les niegan todos los derechos colectivos. En otros casos, la Declaración ha inspirado la redacción de normas constitucionales que establecen garantías importantes para los derechos de los pueblos indígenas. Sin embargo, esas normas constitucionales no se suelen respetar o incluso se ponen en duda con la legislación o las políticas públicas.
Además, tal y como han resaltado los diversos mecanismos internacionales de derechos humanos, las reformas jurídicas en sí no son suficientes para propiciar los cambios que exige la Declaración. Existen numerosos ejemplos de leyes específicas adoptadas para proteger los derechos de los pueblos indígenas que no se han traducido en cambios significativos en su vida diaria.
Las medidas políticas y los ajustes institucionales concretos serán más efectivos cuando formen parte de una estrategia más amplia para favorecer la aplicación de la Declaración en lugar de iniciativas fragmentadas o ad hoc. Las reformas políticas deberían pertenecer a un plan de acción general para alcanzar los objetivos de la Declaración, con indicadores claros y resultados previstos, cuyos avances deberían publicarse de forma periódica.
Además, estos esfuerzos deberían conceptualizarse, desarrollarse y supervisarse en colaboración con los pueblos indígenas. El diálogo continuado con los pueblos indígenas y la participación de los mismos en la toma de decisiones, incluso en la fase de elaboración, aplicación, supervisión y evaluación de las medidas puestas en vigor garantizará su eficacia.
Es probable que toda ley, política u otra decisión que se tome y no se trate con los pueblos indígenas no cubra sus necesidades reales, no cumpla con las normas establecidas en la Declaración que pretende poner en práctica, y puede incluso violar sus derechos en última instancia.
Señora Vice-Presidenta,
En ocasiones, la colaboración entre los Estados y los pueblos indígenas en reconocimiento de su derecho a la libre determinación, autogobierno y participación han culminado en tratados, acuerdos constructivos, y otros acuerdos a escala nacional o local. Si estos acuerdos se aplican y se respetan, pueden servir de base para consolidar la asociación entre los Estados y los pueblos indígenas.
La mayoría de las medidas adoptadas por los Estados para aplicar la Declaración son el resultado de años de esfuerzos continuos por parte de los pueblos indígenas para hacer valer sus derechos y reivindicarlos, incluso recurriendo a la vía judicial.
Esto ha contribuido al aumento de las decisiones judiciales de tribunales regionales y nacionales que aplican la Declaración. Esas decisiones pueden fundamentar la legislación nacional e influir en la adjudicación de los derechos de los pueblos indígenas a escala nacional.
Del mismo modo, los órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados a menudo han recurrido a la Declaración para interpretar disposiciones relevantes de los tratados de derechos humanos en cuestiones que atañen a los pueblos indígenas.
Sin embargo, siguen existiendo problemas graves a la hora de que las autoridades competentes apliquen las decisiones judiciales. Esta deficiencia de aplicación, con grandes discrepancias entre las medidas establecidas oficialmente para fomentar los derechos de los pueblos indígenas y la realidad sobre el terreno, representa un problema central para la realización de la Declaración.
Señora Vice-Presidenta,
Para finalizar, permítanme subrayar que se necesita un compromiso renovado por parte de los Estados para garantizar que los derechos de los pueblos sea una prioridad que se traduzca en medidas concretas y coordinadas. Para alcanzar los objetivos de la Declaración, los Estados deberían adoptar un enfoque holístico para hacerla realidad. Esto supone evitar iniciativas fragmentadas y desarrollar estrategias amplias y bien planificadas en colaboración con los pueblos indígenas.
Esas estrategias deberían incluir reformas constitucionales, jurídicas, políticas e institucionales adecuadas, planes para la aplicación plena de las decisiones judiciales que restablezcan los derechos de los pueblos indígenas, el establecimiento de acuerdos constructivos con ellos, así como mecanismos adecuados para supervisar los resultados obtenidos y los ajustes que aún se precisen.
Gracias y les deseo un debate fructífero.
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