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Comunicados de prensa Procedimientos Especiales

Colombia / Libertad de expresión: Relator de la ONU critica condenas por injuria y difamación

Libertad de expresión

04 abril 2012

GINEBRA (4 de abril de 2012) – El Relator Especial de Naciones Unidas sobre la protección y promoción del derecho a la libertad de opinión y expresión, Frank La Rue, rechazó el fallo judicial contra el periodista colombiano Luis Agustín González, quien fue condenado en segunda instancia por injuria.

“De acuerdo a las normas internacionales*, las leyes sobre difamación no deben atentar contra la libertad de expresión,” afirmó el Sr. La Rue. “La normativa penal sólo debería aplicarse en los casos más graves. Además, la pena de prisión nunca es adecuada”, expresó.

“Los Estados incluso deberían considerar la posibilidad de despenalizar la difamación,” recalcó el experto independiente designado por el Consejo de los Derechos Humanos la ONU para la promoción y la protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión.

El caso:
En septiembre de 2011, Luis Agustín González, director del periódico Cundinamarca Democrática, fue declarado culpable de injuria y calumnia por el Juez de primera instancia en relación con un editorial publicado en 2008 que cuestionaba la candidatura al Senado de Leonor Serrano de Camargo.

El Presidente de la República, Juan Manuel Santos, se declaró en contra de la decisión, manifestando que no se debía penalizar la crítica a funcionarios públicos. Por otro lado, la Corte Constitucional de Colombia ha indicado que los jueces debían interpretar restrictivamente los tipos penales pertinentes a casos de alegaciones de injuria y calumnia en relación con funcionarios públicos para favorecer la libertad de expresión.

Sin embargo, el 29 de febrero de 2012, el Sr. González fue condenado a 18 meses de prisión y a una multa de 17 salarios mínimos (aproximadamente US$ 5.000) por injuria, aunque fue absuelto del cargo de calumnia.

Al no tener antecedentes penales y al ser la pena privativa de libertad menor de tres años, el Sr. González no tendría que servir la condena en prisión. Sin embargo, se debería pagar la multa establecida, y la pena privativa pudiera ser aplicada en su totalidad en el caso de que cometiera un delito. El Sr. González ha anunciado su intención de presentar un recurso extraordinario de casación. Mientras tanto, la pena en su contra se encuentra suspendida.

Frank La Rue fue designado Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión en Agosto del 2008 por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU. Como Relator Especial, es independiente de cualquier gobierno u organización y trabaja a título individual. Para mayor información, visite: http://www.ohchr.org/EN/Issues/FreedomOpinion/Pages/OpinionIndex.aspx

ACNUDH, página por país – Colombia: http://www.ohchr.org/SP/Countries/LACRegion/Pages/COIndex.aspx

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En Bogotá: Diana Losada (+571 658 3300 / Celular: 310 2709465 / dlosada@hchr.org.co)
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