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El equipo especial de alto nivel sobre la aplicación del derecho al desarrollo fue creado por la Comisión de Derechos Humanos, en su resolución 2004/7, y por el Consejo Económico y Social, en su decisión 2004/249, por recomendación y en el marco del Grupo de Trabajo intergubernamental sobre el Derecho al Desarrollo, con el fin de ayudarle a cumplir su mandato.

El propósito del equipo especial era proporcionar la experiencia necesaria al Grupo de Trabajo para que pudiera hacer las recomendaciones apropiadas a los distintos actores sobre las cuestiones identificadas para la aplicación del derecho al desarrollo.

El equipo de trabajo examinó inicialmente:

  • los obstáculos y desafíos para la aplicación de los Objetivos de Desarrollo del Milenio en relación con el derecho al desarrollo;
  • evaluaciones de impacto social en los ámbitos del comercio y el desarrollo a nivel nacional e internacional;
  • mejores prácticas en la aplicación del derecho al desarrollo.

Posteriormente, el grupo de trabajo examinó el Objetivo de Desarrollo del Milenio 8, relativo a una asociación mundial para el desarrollo, lo que condujo a la elaboración de criterios de evaluación de las asociaciones mundiales con el fin de mejorar su eficacia en apoyo de la realización del derecho al desarrollo.

El Grupo de Trabajo decidió en 2009 ampliar el alcance de los criterios y pidió al equipo especial que los revisara para que "abordaran las características esenciales del derecho al desarrollo... incluyendo las preocupaciones prioritarias de la comunidad internacional más allá de las enumeradas en el Objetivo de Desarrollo del Milenio 8".

En consecuencia, y como conclusión de su mandato, el equipo especial presentó al Grupo de Trabajo los criterios y subcriterios operativos para la aplicación del derecho al desarrollo. Con el fin de trasladar el derecho al desarrollo del compromiso político a la práctica del desarrollo, los criterios se diseñaron para que sirvieran de herramienta operativa para:

  • Evaluar en qué medida los Estados están adoptando, individual y colectivamente, medidas para establecer, promover y mantener acuerdos nacionales e internacionales que creen un entorno propicio para la realización del derecho al desarrollo;
  • servir como herramienta útil para que las partes interesadas evalúen el estado actual de la aplicación del derecho al desarrollo y faciliten su futura realización a nivel internacional y nacional;
  • contribuir a la integración del derecho al desarrollo en las políticas y actividades operativas de los agentes pertinentes a nivel nacional, regional e internacional, incluidas las instituciones financieras, comerciales y de desarrollo multilaterales
  • evaluar las implicaciones en materia de derechos humanos de las políticas y programas de desarrollo y comercio.

El equipo de trabajo estaba compuesto por cinco expertos independientes nombrados por el Presidente del Grupo de Trabajo sobre el Derecho al Desarrollo, en consulta con los grupos regionales de los Estados miembros, y representantes de instituciones internacionales de comercio, finanzas y desarrollo.

La composición del grupo de trabajo incluía:

  • Sra. Ellen Johnson-Sirleaf (Liberia): 2004 (Presidente)
  • Sr. Stephen Marks (Estados Unidos de América): 2004 (miembro), 2005-2010 (Presidente)
  • Sr. Arjun Sengupta (India): 2004
  • Sr. Silvio Baro Herrera (Cuba): 2004
  • Sra. Sabine von Schorlemer (Alemania): 2004-2005
  • Sr. Leonardo Garnier Rimolo (Costa Rica): 2005
  • Sr. Habib Ouane (Malí): 2005
  • Sra. Solita Collas Monsod (Filipinas): 2007
  • Sra. Margaret Sekaggya (Uganda): 2007-2008
  • Sr. Jorge Vargas Gonzalez (Colombia): 2007-2008
  • Sr. Nicolaas Schrijver (Países Bajos): 2007-2010
  • Sra. Sakiko Fukuda-Parr (Japón): 2009-2010
  • Sr. Raymond Atuguba (Ghana): 2009-2010
  • Sra. Flavia Piovesan (Brasil): 2009-2010

Informes y resultados del Equipo Especial de Alto Nivel sobre la aplicación del derecho al desarrollo

Sesiones e informes

Informes de misiones técnicas

Estudios de consultoría, antecedentes y documentos de investigación

Sexta sesión

14–22 de enero de 2010

  • A/HRC/15/WG.2/TF/CRP.1 (Programa de la OMPI para el Desarrollo, Ginebra, 13-17 de julio de 2009)
  • A/HRC/15/WG.2/TF/CRP.2 (Acceso a los medicamentos esenciales, Ginebra, 19-24 de junio y 16 de julio de 2009)
  • A/HRC/15/WG.2/TF/CRP.3, Rev.1 (Mecanismo de Desarrollo Limpio, por Marcos Orellana)
  • A/HRC/15/WG.2/TF/CRP.4 (El derecho a los criterios de desarrollo, informe sobre la consulta de expertos, 17-18 de diciembre de 2009)
  • A/HRC/15/WG.2/TF/CRP.5 (El derecho a los criterios de desarrollo, por Maria Green y Susan Randolph)

Quinta sesión

1–9 de abril de 2009

  • A/HRC/12/WG.2/TF/CRP.1 (Acceso a los medicamentos esenciales, Ginebra, 12-13 de noviembre de 2008)
  • A/HRC/12/WG.2/TF/CRP.2 (El Acuerdo de Cotonú, Bruselas, 25-26 de marzo y 29-30 de abril de 2009)
  • A/HRC/12/WG.2/TF/CRP.3/Rev.1 (El Acuerdo de Cotonú, por Maria van Reisen)
  • A/HRC12/WG.2/TF/CRP.4/Rev.1 (El Fondo Mundial de Lucha contra el Sida, la Tuberculosis y la Malaria, y el Programa Especial de Investigación y Formación sobre Enfermedades Tropicales, por James Love)
  • A/HRC/12/WG.2/TF/CRP.5/Rev.1 (Grupo de Trabajo Intergubernamental de la OMS sobre Salud Pública, Innovación y Propiedad Intelectual, por Lisa Forman)
  • A/HRC/12/WG.2/TF/CRP.6 (El derecho a los criterios de desarrollo, por Rajeev Malhotra)
  • A/HRC/12/WG.2/TF/CRP.7 (El derecho a los criterios de desarrollo, informe sobre la reunión de expertos, 27-29 de enero de 2009)
  • A/HRC/12/WG.2/TF/CRP.7/Add.1 (Bibliografía seleccionada)

Cuarta sesión

7–15 de enero de 2008

A/HRC/8/WG.2/TF/2

  • A/HRC/8/WG.2/TF/CRP.1 (Declaración de París sobre la eficacia de la ayuda, París, 13-14 de septiembre de 2007)
  • A/HRC/8/WG.2/TF/CRP.2 (Examen mutuo de la eficacia del desarrollo CEPA/CAD, París, 13-14 de septiembre de 2007, Addis Abeba, 12-16 de octubre de 2007)
  • A/HRC/8/WG.2/TF/CRP.3 (El Mecanismo Africano de Revisión por Pares, Addis Abeba, 12-16 de octubre de 2007)
  • A/HRC/8/WG.2/TF/CRP.4 (El Acuerdo de Cotonú, Bruselas, 19-21 de septiembre de 2007)
  • A/HRC/8/WG.2/TF/CRP.5 (El Mecanismo Africano de Revisión por Pares y la Revisión Mutua de la Eficacia del Desarrollo de la CEPA y el CAD de la OCDE en el contexto de la NEPAD, por Bronwen Manby)
  • A/HRC/8/WG.2/TF/CRP.6 (El Acuerdo de Cotonú, por James Thuo Gathii)
  • A/HRC/8/WG.2/TF/CRP.7 (La Declaración de París sobre la eficacia de la ayuda, por Roberto Bissio)

Tercera sesión

22–26 de enero de 2007

A/HRC/4/WG.2/TF/2

 
  • A/HRC/4/WG.2/TF/CRP.1 (Documento de referencia sobre los criterios de evaluación periódica de las alianzas mundiales para el desarrollo desde la perspectiva del derecho al desarrollo: análisis iniciales del Examen mutuo de la eficacia del desarrollo de la CEPA y el CAD en el contexto de la NEPAD, el Mecanismo de examen entre los propios países africanos y la Declaración de París sobre la eficacia de la ayuda.)

Segunda sesión

14–18 de noviembre de 2005

E/CN.4/2005/WG.18/TF/3

 
  • E/CN.4/2005/WG.18/TF/2 (Nota conceptual preliminar: grupo de trabajo de alto nivel sobre la aplicación del derecho al desarrollo)
  • E/CN.4/2005/WG.18/TF/CRP.1 (El derecho al desarrollo y las estrategias prácticas para la aplicación de los ODM, en particular el Objetivo 8, por Fateh Azzam)
  • E/CN.4/2005/WG.18/TF/CRP.2 (Objetivo de Desarrollo del Milenio 8: indicadores para el seguimiento de la aplicación, por Sakiko Fukuda-Parr)
  • E/CN.4/2005/WG.18/TF/CRP.3 (Resumen de las propuestas)

Primera sesión

13–17 de diciembre de 2004

E/CN.4/2005/WG.18/2

 
  • HR/GVA/TF/RTD/2004/2 (Nota conceptual preliminar: equipo especial de alto nivel sobre la aplicación del derecho al desarrollo)
  • Documento de referencia "Objetivos de Desarrollo del Milenio y el derecho al desarrollo: problemas, limitaciones y desafíos", por A.K. Shiva Kumar
  • Documento de referencia "Evaluación del impacto social en los ámbitos del comercio y el desarrollo a nivel nacional e internacional", por Robert Howse