Convocatoria de insumos: Informe sobre participación electoral y orientación sexual e identidad de género
Publicado por
Experto Independiente sobre la orientación sexual e identidad de género
Plazo límite
02 mayo 2024
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Experto Independiente sobre la orientación sexual e identidad de género
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02 mayo 2024
El Experto Independiente sobre la protección contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género (IE SOGI), Sr. Graeme Reid, dedicará su informe la 79ª sesión de la Asamblea General de las Naciones Unidas a explorar los obstáculos para lograr la participación en los procesos electorales que enfrentan las personas, vinculada a su orientación sexual e identidad de género real o percibida. El informe se preparará teniendo en cuenta no solo el número récord de elecciones que se convocarán a nivel mundial en 2024, sino también la importancia de las cuestiones de género y sexualidad en la política contemporánea en todo el mundo y, por tanto, la realización de los derechos en las democracias electorales.
Dentro del marco del derecho internacional de derechos humanos, el IE SOGI explorará los obstáculos estructurales que surgen de leyes, políticas, regulaciones y prácticas administrativas o de otro tipo que inhiben la participación electoral, contrarias a los estándares internacionales para elecciones democráticas. Dichos obstáculos incluyen acciones de actores estatales y no estatales, y los resultados inequitativos (como votantes, candidatos a cargos públicos, trabajadores electorales y con respecto a cuestiones que tratan de SOGI). Esos obstáculos y resultados se analizarán en relación con la realización de la gobernanza democrática en general, con especial atención a los ejemplos proporcionados de las diversas experiencias de discriminación y violencia por motivos de SOGI, incluso las que se cruzan con raza, casta, religión, lugar, etnia, discapacidad y otras estructuras de exclusión. En la medida en que existan obstáculos a la participación efectiva que surjan de situaciones específicas, como personas detenidas/con antecedentes penales, personas que buscan el sufragio (por cambio de estatus legal como inmigración, estado civil, etc.), o para personas fuera su país, el informe buscará resaltar los obstáculos en relación a los temas de SOGI y considerar soluciones integrales. Reconociendo que las elecciones son parte clave de los procesos políticos, el informe prestará especial atención al impacto de los discursos políticos, incluso durante el proceso de campaña y en línea, en la participación electoral de lesbianas, gays, bisexuales, personas trans (LGBT) y otras personas de género diverso.
Además de describir los desafíos que enfrentan las personas LGBT, el informe identificará buenas prácticas y políticas para superar los obstáculos y garantizar una participación electoral significativa para todas las personas, como base para desarrollar las correspondientes recomendaciones correctivas para los Estados.
El informe presentará recomendaciones a los Estados y otras partes interesadas relevantes para ayudarlos a cumplir con sus obligaciones bajo el derecho internacional de derechos humanos de proteger y empoderar a todas las personas, incluidas las personas LGBT, en el ejercicio y disfrute de todos sus derechos humanos. El objetivo es subrayar los muchos factores que contribuyen a la participación plena y equitativa en la determinación de las estructuras de gobernanza, incluso a través de una participación electoral efectiva que responda a las necesidades actuales y futuras de las personas LGBT y sus sociedades, a nivel mundial.
El artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) establece el “derecho y la oportunidad, sin ninguna de las distinciones mencionadas en el artículo 2 y sin restricciones irrazonables […] de votar y ser elegido”. También señala que las elecciones deben ser periódicas, genuinas, basadas en el sufragio universal e igualitario, secretas y libres. Si bien las variaciones en los sistemas electorales y los métodos de votación pueden deberse a tradiciones y antecedentes históricos, el ejercicio de estos derechos sólo puede estar condicionado por “criterios objetivos y razonables” y “ cualquier sistema [electoral] que opere en un Estado parte debe ser compatible con las derechos protegidos por el artículo 25.”[1]
"La democracia y los derechos humanos se refuerzan mutuamente".[2] Una democracia significativa requiere no sólo una participación electoral plena e igualitaria de todos los miembros de la sociedad, sino también la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos los miembros de la sociedad.[3] Por lo tanto, el discurso político y el entorno más amplio para el ejercicio libre y pleno de los derechos humanos impactan el derecho y la oportunidad de las personas LGBT de participar significativamente en los procesos electorales. El respeto hacia otros derechos relevantes para la participación electoral, como la no discriminación (de hecho y de derecho) por motivos de sexo y género, raza, casta y discapacidad, entre otros motivos, así como las libertades de expresión, asociación y reunión, es crucial para facilitar la plena participación electoral de las personas LGBT. Más allá de las brechas formales en la protección de estos derechos, las amenazas, la incitación o los casos reales de violencia (por parte de actores estatales o no estatales) vinculados a la orientación sexual y la identidad de género, por sí solos o en intersección con otras bases de exclusión, también pueden restringir la protección política y participación electoral.
El papel de la sociedad civil, y especialmente de los grupos ciudadanos de observación electoral, es crucial para la protección y promoción de los derechos humanos durante las elecciones.[4] La cooperación entre observadores ciudadanos y organizaciones no gubernamentales (ONG) que se centran específicamente en cuestiones LGBT puede reforzarse mutuamente, pero las leyes y prácticas restrictivas pueden limitar su capacidad misma de operar.
Cada proceso electoral comprende aspectos legales, administrativos, fiscales, socioculturales y políticos. El informe del Experto Independiente tendrá en cuenta y considerará todos estos elementos para identificar y analizar cualquier obstáculo a la participación electoral plena y significativa de ciudadanos LGBT. Las leyes pueden otorgar formalmente derechos, como el derecho al voto, pero pueden negarse en la práctica, como cuando las mujeres y otras personas género no normativo no pueden acceder al voto debido a la ley de cédulas de identidad; la movilidad física, incluida la seguridad y protección, y el momento y el lugar de registro y votación, son importantes para la accesibilidad real de la votación, etc.
Entorno legal
Las elecciones no son un evento de un día, y todas las etapas antes, durante y después de la votación y el escrutinio se rigen por leyes y reglamentos, algunos de carácter constitucional. Las leyes pueden imponer restricciones irrazonables a los derechos garantizados por los tratados internacionales de derechos humanos, o pueden tener un efecto discriminatorio.
Si bien los derechos humanos de las personas LGBT a votar y presentarse como candidatos rara vez están expresamente restringidos por ley, otras medidas legales –dirigidas directa o indirectamente a las personas LGBT– pueden conducir a una privación de facto de sus derechos. Por ejemplo, el sufragio puede restringirse sobre la base de una condena penal o encarcelamiento, lo que afecta a las personas LGBT que se ven afectadas de forma desproporcionada por la penalización expresa de conductas entre personas del mismo sexo, el despliegue de disposiciones sobre moralidad y la aplicación de otras leyes aparentemente neutras. Si bien los derechos humanos de las personas LGBT a votar y postularse para cargos públicos rara vez están expresamente restringidos por ley, la aplicación de disposiciones sobre moralidad o la criminalización de las relaciones entre personas del mismo sexo pueden conducir a una privación de derechos de facto. Además, los esfuerzos para promover la diversidad y la equidad de género en la representación electoral, como las cuotas de género y otras medidas especiales temporales, pueden no permitir o interpretarse de maneras que no abarquen la gama de categorías de género, lo que presenta desafíos para la integración de hombres trans, mujeres trans, travestis y personas no binarias en estos marcos. La suposición de dos géneros puede afectar las regulaciones de registro de candidatos, campaña, cobertura mediática de las elecciones, financiamiento político y ocupación de los escaños vacantes. También puede ser relevante cómo la política nacional contra la discriminación por motivos de sexo o género, si tal política existe, se adapta a la diversidad de identidades de género y se aplica en el contexto electoral. Por ejemplo, el hecho de que la consideración de los delitos motivados por prejuicios tenga en cuenta las cuestiones SOGI repercute en la seguridad real y percibida de las personas públicas, como las personas candidatas LGBT, o de sus partidarios activos.
Guiadas por la ley, las elecciones son también un proceso administrativo. Incluso si los procedimientos están bien financiados, no son onerosos y son eficientes, pueden ser discriminatorios e impedir la participación plena y significativa de todos los grupos de la sociedad. Los procedimientos administrativos, como el registro civil o el uso de servicios digitales para la verificación de identidad o el procesamiento de documentación electoral, pueden parecer neutrales en apariencia, pero pueden tener un efecto discriminatorio para muchos votantes, incluidos las personas votantes y candidatas LGBT. Por ejemplo, la falta de acceso al reconocimiento legal de género y el consiguiente desajuste entre la documentación y la identidad de género pueden impedir la participación plena.
Aspectos políticos
Las elecciones no son sólo una cuestión jurídica y administrativa. También tienen que ver con la competencia política y el acceso a posiciones de poder, por lo que hay mucho en juego en cuestiónde temas y candidatos. Algunos políticos pueden denigrar a personas lesbianas, gays, bisexuales, trans y otras personas de género diverso para obtener beneficios políticos. La retórica intolerante y el discurso de odio pueden entrar en el discurso en relación con candidatos específicos, plataformas políticas o, en general, infundiendo miedo al “otro” proyectado retóricamente sobre las personas LGBT, con la intención de avivar el pánico moral. La GBTIfobia puede verse amplificada por otras actitudes negativas basadas en el origen nacional, raza, migración, discapacidad, etc., y ser una forma de expresión de actitudes xenófobas que pueden apuntar a varias categorías a la vez. La discriminación interseccional en la política y las elecciones no es un fenómeno nuevo y, a menudo, la llevan a cabo actores no estatales y medios informales.
Los procesos electorales tienen lugar en todos los niveles y la política puede desarrollarse de manera diferente en las elecciones a nivel nacional y local. Las prácticas políticas y culturales locales, que a menudo varían según la geografía, pueden desempeñar un papel importante: ¿es seguro viajar a los colegios electorales? ¿Seguro para quién? ¿Cómo se registran las personas de diferente género en los sitios locales? ¿Son accesibles para personas con discaoacidad? ¿Son las tradiciones de género en movimiento (por ejemplo, los acompañantes masculinos) un aspecto de la igualdad de poder de voto?
En algunas localidades, los votantes LGBT pueden ser un bloque de votación importante, o ser valorados como parte de alianzas de solidaridad, y en algunos distritos las cuestiones y derechos SOGI pueden ser un tema de campaña más destacado que en otros. Dicho esto, la práctica muestra que las cuestiones SOGI no entran en el discurso político debido a su prominencia, sino que más a menudo se basan en cálculos políticos de actores clave. Los referendos sobre temas como el matrimonio entre personas del mismo sexo o los derechos de las parejas LGBT a adoptar niños o la educación sexual integral se introducen en ocasiones con el propósito de polarizar políticamente o distraer a la opinión pública de otros asuntos de interés social. En otras ocasiones, las cuestiones de derechos sexuales han sido parte de políticas exitosas y avances políticos, como en el caso de las leyes municipales y municipales contra la discriminación aprobadas mediante votación, o las votaciones parlamentarias sobre el reconocimiento de la identidad de género en línea con las promesas de campaña. Cuando las cuestiones LGBT no aparecen en el discurso político o como temas de campaña, esto puede estar relacionado con la restricción general del entorno político y la intolerancia hacia la disidencia política.
Las campañas políticas utilizan una multitud de métodos para llegar a los votantes. Las asambleas públicas, donde las consideraciones de seguridad son importantes, siguen siendo un componente importante de las campañas. La cobertura en los medios de comunicación tradicionales, como la televisión, la radio o las ediciones impresas, sigue llegando a la mayoría de los votantes, configurando las opiniones públicas y normalizando ciertos discursos. Las campañas en línea siguen estando insuficientemente reguladas, a pesar de que mucho países intentan encontrar formas de contrarrestar la desinformación, la retórica intolerante y la incitación a la violencia en línea. Parece que la retórica que es menos aceptable socialmente fuera de Internet puede ocurrir con más frecuencia en línea, al igual que la violencia verbal y las amenazas de violencia física contra las personas LGBT. El financiamiento de campañas y los recursos disponibles para candidatos y campañas no tradicionales son un tema que requiere atención y análisis de derechos.
El Experto Independiente invita a todos los Estados interesados, organizaciones de la sociedad civil, académicos, organizaciones internacionales, instituciones nacionales de derechos humanos, activistas, corporaciones y otros a realizar aportaciones por escrito a las siguientes preguntas para su informe temático. Se acogen con agrado las aportaciones en relación con prácticas y políticas específicas en Estados o territorios, así como las aportaciones más generales relativas a las regiones o a la comunidad internacional en su conjunto.
Las siguientes preguntas se proporcionan como puntos de referencia ilustrativos para guiar la formulación de insumos. Proporcione cualquier respaldo relevante de aportes sustantivos (como documentación, enlaces a evidencia de impacto, etc.) con las presentaciones.
¿Prácticas institucionales revisadas para facilitar una mayor accesibilidad y participación electoral en toda SOGI?
[1] Observación general 25 del CDH al artículo 25 del PIDCP, párrs. 4, 21.
[2] A/HRC/23/50, párr. 29.
[3] Véase A/RES/59/201, párr. 1.
[4] Véase la declaración de los Relatores Especiales de la ONU del 27 de octubre de 2022 sobre la situación de los observadores electorales como defensores de los derechos humanos.