Procedimientos Especiales
Declaración de la Sra. Catalina DEVANDAS Aguilar Relatora Especial sobre los derechos de las personas con discapacidad 31° período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos Tema 3 4 de marzo de 2016 Ginebra
03 marzo 2016
Señor Presidente,
Señoras delegadas, Señores delegados
Este primer año de mandato ha sido intenso y valioso.
En este periodo he buscado trabajar de manera cercana con los Estados, las agencias de cooperación, la sociedad civil y las organizaciones de personas con discapacidad, así como distintos mandatos, órganos y agencias de las Naciones Unidas. Estos diversos contactos y reuniones de trabajo me han permitido intercambiar información, compartir buenas prácticas y crear conciencia sobre los derechos de las personas discapacidad.
He participado en todos los foros de discusión de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad; en este Consejo, en la Conferencia de Estados parte de la Convención, en el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en la Comisión de Desarrollo Social y en el tercer Comité de la Asamblea General. He tenido la oportunidad de promover la inclusión de los derechos de las personas con discapacidad en el trabajo de otros procedimientos especiales y órganos de tratados. Asimismo, he participado activamente en las etapas finales del proceso de adopción de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en el proceso de preparación de la Cumbre Humanitaria Mundial y en las celebraciones por el Día Internacional de las Personas con Discapacidad.
Desde el inicio de mi mandato, he realizado dos visitas oficiales a países, a la República de Moldavia y al Paraguay, y he enviado 19 comunicaciones a los Estados por presuntas violaciones de derechos a personas con discapacidad. Este año realizaré visitas oficiales a Zambia y a Marruecos.
En todos estos esfuerzos he buscado implementar métodos de trabajo accesibles, inclusivos y participativos.
Estudio temático: El derecho de las personas con discapacidad a participar en la toma de decisiones
Señor presidente,
Como parte del trabajo realizado desde diciembre de 2014, he elaborado dos estudios temáticos: el primero, presentado a la Asamblea General, sobre el derecho de las personas con discapacidad a la protección social; el segundo, que presento el día de hoy, sobre el derecho de las personas con discapacidad a participar en la toma de decisiones.
Aunque la participación en la vida política y pública implica un entramado de derechos específicos, como el derecho a votar y a ser electo, o el derecho a acceder a los cargos y funciones públicas, voy a referirme específicamente al derecho de las personas con discapacidad a participar en los procesos de toma de decisiones públicas.
La participación es un principio fundamental de derechos humanos y una condición básica de las sociedades democráticas. Las personas tenemos el derecho a participar en las decisiones que afectan nuestra vida, en particular las que conciernen al ejercicio de nuestros derechos.
Por mucho tiempo, sin embargo, las personas con discapacidad han enfrentado importantes barreras para participar en la dirección de los asuntos públicos. Desde la invisibilización hasta la negación de su ciudadanía. Además, casi siempre su opinión y la de sus organizaciones ha sido puesta de lado en favor de la palabra de terceros: de organizaciones para personas con discapacidad, de profesionales de la salud y de otros de profesionales.
Señor Presidente, señoras y señores, esto tiene que cambiar.
Hace diez años la comunidad internacional adoptó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, cuya elaboración y negociación tuvo una participación sin precedentes de las organizaciones de personas con discapacidad. Gracias a esta participación contamos con uno de los tratados de derechos humanos más sólidos y modernos del Sistema de Naciones Unidas; uno que responde a las demandas y necesidades de nuestro sector y, por ello, pone en la agenda temas difíciles pero importantes para garantizar la igualdad en el disfrute de sus derechos, como por ejemplo el goce pleno de la capacidad jurídica de todas las personas con discapacidad o la prohibición absoluta de la privación de libertad por motivo de discapacidad.
Se trata, en suma, de un tratado que representa un cambio profundo de paradigma en la forma cómo las sociedades y el derecho internacional de los derechos humanos consideran la participación de las personas con discapacidad: no somos más "objetos de cuidado" sino "sujetos de derechos" y "agentes de cambio". Las personas con discapacidad tienen que ser consideradas los principales interlocutores en la toma de decisiones sobre los asuntos que les conciernen.
La Convención obliga a los Estados Parte a asegurar que las personas con discapacidad puedan participar plena y efectivamente en la vida política y pública en igualdad de condiciones con las demás; así como promover activamente un entorno en el que las personas con discapacidad puedan participar en la dirección de todos los asuntos públicos, sin discriminación. Para ello, los Estados deben adoptar todas las medidas legislativas, administrativas o de otra índole que sean pertinentes para garantizar la participación efectiva y activa de todas las personas con discapacidad y de sus organizaciones en la adopción de decisiones públicas.
Desde la comunidad internacional tenemos que promover sistemáticamente que la elaboración de políticas y la aplicación de los programas, que afectan directa e indirectamente a las personas con discapacidad, debe realizarse en consulta y estrecha colaboración con las organizaciones que las representan.
¿Cómo aseguramos esta participación de las personas con discapacidad?
Señoras delegadas, señores delegados
Quisiera desarrollar dos ideas generales a partir del informe elaborado.
Una primera idea fundamental es que los Estados deben consultar directamente e involucrarse activamente con organizaciones constituidas y dirigidas por personas con discapacidad y que cuenten con el reconocimiento del sector. Para ello es necesario que los Estados creen un entorno propicio y favorable para la constitución y el funcionamiento de estas organizaciones. Deben revisarse los procedimientos de registro discriminatorios, inaccesibles, onerosos y burocráticos, que dificulten la obtención de la personería jurídica, el acceso a financiamiento o el cumplimiento de los requisitos para conseguir ventajas fiscales.
Los Estados también deben abstenerse de obstruir indebidamente el ejercicio del derecho a la libertad de asociación de todas las personas con discapacidad, incluidas las personas autistas o aquellas con discapacidad intelectual o psicosocial. Además, las organizaciones de personas con discapacidad tienen derecho a llevar a cabo su labor sin que el Estado interfiera en sus decisiones y actividades. Son preocupantes las informaciones sobre represalias del Estado en forma de intimidación, restricciones, censura, recortes presupuestarios y límites a la obtención de financiación externa.
Igualmente, los Estados deben promover el empoderamiento y la capacitación de las personas con discapacidad y sus organizaciones, así como facilitar su acceso a fuentes sostenibles de financiamiento y considerar la posibilidad de destinar fondos públicos para tal fin. La cooperación internacional debe ser un gran aliado en estas tareas.
Un segundo aspecto relevante es la necesidad de contar con marcos institucionales y legales que aseguren la consulta y la colaboración activa de las autoridades con las personas con discapacidad y sus organizaciones. Los Estados deben consultar y colaborar activamente con las personas con discapacidad en la elaboración de todas las leyes y políticas que les afecten directa e indirectamente, no solamente en la elaboración de leyes o programas específicos en materia de discapacidad.
Para ello, además de contar con mecanismos de consulta y participación accesibles, los Estados deben implementar recursos legales para impugnar las decisiones que se adopten sin ser consultadas con las personas con discapacidad y sus organizaciones. La consulta tiene que convertirse en un requisito de validez de las decisiones públicas.
Es fundamental tener en cuenta, sin embargo, que el derecho a participar en los asuntos públicos transciende a la consulta en sí misma, y demanda la colaboración, el involucramiento y el compromiso con la sociedad civil por parte del Estado. La transparencia, el respeto mutuo, el diálogo auténtico y el deseo sincero de alcanzar un consenso, deben orientar las relaciones entre el Estado y la sociedad civil.
Finalmente, es importante que los Estados alienten y apoyen la participación de las mujeres con discapacidad, de los niños y las niñas con discapacidad, y de las personas con discapacidad pertenecientes a los grupos más desfavorecidos. Cuando hablamos de asegurar la participación de las personas con discapacidad, no está de más decir que hablamos de todas las personas con discapacidad. Con demasiada frecuencia, la opinión de las personas con discapacidad intelectual, las personas con discapacidad psicosocial, las personas autistas o las personas sordociegas es dejada de lado. Necesitamos recuperar el espacio protagónico que les corresponde.
Señor Presidente, señoras y señores,
La diversidad es un aspecto fundamental de la existencia humana. Las personas tenemos una experiencia de la vida distinta dependiendo de nuestras múltiples características e identidades: sexo, raza, color, etnia, orientación sexual, idioma, religión, origen, edad, discapacidad o cualquier otro rasgo. Las decisiones participativas son siempre más beneficiosas porque responden a esta diversidad de intereses. Las personas con discapacidad formamos parte de esta diversidad humana y, posiblemente, representamos uno de los grupos más heterogéneos de la población.
La participación de las personas con discapacidad en la adopción de decisiones públicas garantiza que las políticas y los programas se conciban en función de sus necesidades y preferencias. Las personas con discapacidad están en mejor posición que nadie para determinar cuáles son sus propias necesidades y las políticas más adecuadas para atenderlas.
La implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible constituye una excelente oportunidad para promover el respeto de los derechos de las personas con discapacidad. La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible son instrumentos complementarios que se refuerzan mutuamente. La colaboración y la consulta con las personas con discapacidad y sus organizaciones son esenciales para garantizar que las personas con discapacidad sean agentes y beneficiarios de la nueva agenda de desarrollo.
Visita oficial a Moldavia (2 minutos)
Señor Presidente, señoras y señores,
Ahora me referiré a la visita oficial que realicé en septiembre del año pasado, a la República de Moldavia, a cuyo gobierno agradezco por las facilidades prestadas para el desarrollo de mi labor, incluida la oportunidad de visitar la región de Transnistria y reunirme con las autoridades de facto.
Me gustaría destacar los esfuerzos de dicho país para avanzar los derechos de las personas con discapacidad, en particular en materia de educación inclusiva y participación política.
No obstante, las personas con discapacidad en la República de Moldavia todavía enfrentan violaciones significativas a sus derechos, incluyendo la privación de la capacidad jurídica, la institucionalización, la detención arbitraria y el no respeto a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Asimismo, es notoria la falta de accesibilidad –en el entorno, el transporte, la información y las comunicaciones– lo cual afecta la participación de las personas con discapacidad y sus capacidades reales de influir y participar en la toma de decisiones públicas.
Quisiera notar, además, la importancia de transformar su sistema de protección social en una herramienta para promover la participación de las personas con discapacidad en las comunidades, en lugar de perpetuar su exclusión en residencias y hospitales. El Estado debe continuar sus esfuerzos para cerrar de manera definitiva todas las instituciones que segregan a las personas con discapacidad.
La visita ha generado algunos resultados a corto plazo: la moratoria para la admisión de nuevas personas con discapacidad en instituciones, la revisión de los sistemas de evaluación y determinación de la discapacidad, y la solicitud de aportes para avanzar en el proceso de reforma del Código Civil en materia de capacidad jurídica.
Hago un llamado a la cooperación internacional a apoyar y acompañar los esfuerzos del Estado para asegurar el respeto de los derechos de las personas con discapacidad, así como fortalecer el rol de las organizaciones de personas con discapacidad en la República de Moldavia. Es importante tener en cuenta que dicho país próximamente será objeto de revisión por el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el Examen Periódico Universal.