F. Seguimiento

Aunque no siempre se concibe como una medida de aplicación, el seguimiento también desempeña un papel clave. Merced al seguimiento, es posible determinar qué medidas de aplicación han funcionado y qué medidas no lo han hecho. Contribuye a perfeccionar las leyes y políticas y otras medidas de aplicación y a garantizar una óptima utilización de los presupuestos. Contribuye asimismo a detectar violaciones de derechos, lo que permite resarcir a las víctimas y evitar, tal como es de esperar, que se produzcan nuevas violaciones.

Es fundamental el proceso por el que los Estados partes informan al Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. La sociedad civil y las instituciones nacionales de derechos humanos también pueden proporcionar información al Comité mediante lo que se denominan informes alternativos. En el módulo 7 se examinan con detalle los informes de los Estados y los informes alternativos.

Además del seguimiento a nivel internacional, el seguimiento también puede ser racional. Según el Manual de capacitación del ACNUDH para la fiscalización de los derechos humanos11, la “fiscalización de los derechos humanos” es una expresión amplia que describe el proceso activo de recopilación, verificación, análisis y utilización de información para valorar y abordar las preocupaciones planteadas en materia de derechos humanos. El seguimiento tiene lugar durante un período prolongado de tiempo. La palabra “seguimiento” también incluye la recopilación, la verificación y la utilización de información para abordar los problemas de derechos humanos planteados en relación con las leyes, las políticas, los programas y los presupuestos y otras intervenciones.

Es preciso destacar varios aspectos de esta definición:

El seguimiento se centra principalmente en:

Cualquier persona puede hacer un seguimiento de la situación de los derechos de las personas con discapacidad. No obstante, ciertos agentes tienen responsabilidades particulares:

Como se indica en el artículo 31, relativo a recopilación de datos y estadísticas, el hecho de recopilar información adecuada, incluidos datos estadísticos y de investigación, permite a los Estados formular y aplicar políticas a fin de dar efecto a la Convención. La aplicación de la Convención puede agilizarse mediante la puesta en práctica de una política basada en datos y en el seguimiento y el suministro de información en el plano nacional, así como en los informes dirigidos al Comité y en las observaciones finales de este último.