El procedimiento para la presentación de comunicaciones individuales que se establece en el Protocolo facultativo es similar al de otros tratados internacionales de derechos humanos. Permite que las personas y grupos de personas que afirmen haber sido víctimas de una violación de alguna disposición de la Convención presenten una denuncia al respecto al Comité. Antes que nada es preciso destacar cierta información básica sobre lo que es y no es el Protocolo facultativo para evitar confusiones.
El procedimiento para la presentación de comunicaciones es un procedimiento denominado cuasijudicial. El procedimiento se asemeja en gran medida al examen judicial de las demandas, aunque hay algunas diferencias importantes:
Asimismo es interesante destacar que se envían muchas comunicaciones al Comité. No obstante, la mayoría no puede registrarse, ya que no reúne los requisitos básicos de admisibilidad (por ejemplo, se presentan muchas comunicaciones contra las Naciones Unidas, que no son parte en la Convención ni en su Protocolo facultativo).